Martes 21 de julio de 2020
Será hasta el 2 de agosto. Durante la vigencia del ASPO se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes en distintos procedimientos administrativos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorroga la feria fiscal hasta el 2
de agosto, inclusive. Durante la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio
se mantendrá la suspensión del cómputo de los plazos vigentes para los contribuyentes
en distintos procedimientos administrativos. La medida alcanza a determinaciones de
oficio, sumarios, multas, descargos, clausuras, intimaciones de pago y requerimientos de
fiscalización, entre otros.
La resolución, que será publicada en el Boletín Oficial, mantiene habilitados los
procedimientos de fiscalización que realiza la AFIP en función de la información
proporcionada por la OCDE sobre cuentas de argentinos en el exterior.
Una feria fiscal consiste en la extensión de todos los plazos procedimentales en materia
impositiva, aduanera y de la seguridad social. La medida no suspende las acciones de la
AFIP. No obstante, durante su vigencia quedan en suspenso el cómputo de los plazos
que rigen para la respuesta de los contribuyentes a los requerimientos del organismo.