Lunes 30 de marzo de 2026
Tanto para motos como vehículos. En todo el ámbito de la Provincia rige la alcoholemia 0.
La Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Nueve de Julio, recuerda a los vecinos los documentos obligatorios para circular, según la Ley Nacional de Tránsito 24.4449 y Ley Provincial 13.927:
MOTOS:
–Licencia de conducir (física, no digital).
–Seguro con datos del titular y motovehículo (físico o digital mediante app o “Mi Argentina”)
–Cédula de identificación (física o digital desde “Mi Argentina”)
– VTV
– Chapa patente x 1
Elemento de seguridad obligatorio: casco protector.
AUTOS:
–Licencia de conducir (física, no digital).
–Seguro con datos del titular y vehículo (físico o digital mediante app o “Mi Argentina”)
–Cédula de identificación (física o digital desde “Mi Argentina”)
– Chapa patente x 2
– VTV
Elemento de seguridad obligatorio: cinturón de seguridad.
IMPORTANTE
Para ambos casos, es importante destacar que en todo el ámbito de la Provincia rige la alcoholemia 0.