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Viernes 11 de agosto de 2023

Veda electoral: PASO 2023

Comenzará a las 8 de la mañana del viernes 11 de agosto y se extenderá hasta las 21 horas del domingo 13, tres horas después de la finalización de los comicios. Sepa qué se puede hacer y qué no antes de las elecciones.

Con la veda electoral se busca crear un espacio de reflexión para los votantes en la previa de las elecciones 2023.


La veda electoral para las PASO 2023 en Argentina comenzará a las 8 de la mañana del viernes 11 de agosto y se extenderá hasta las 21 horas del domingo 13 de agosto, tres horas después de la finalización de los comicios. Durante ese tiempo, principalmente no se puede hacer actos de campaña ni proselitismo, ni tampoco vender bebidas alcohólicas, entre otras restricciones.


Durante la veda electoral, hay una serie de actividades que quedan estrictamente prohibidas. A continuación, te detallamos algunas de las más importantes:


Cuándo empieza la veda electoral en las elecciones PASO 2023

De acuerdo con el cronograma publicado por la Cámara Electoral Nacional, el cierre de la campaña y el inicio de la veda se producen 48 horas antes de las PASO; es decir, el viernes 11 de agosto.


Además, el domingo 13 de agosto —día en que se desarrollan las Primarias—, desde las 8 y hasta tres horas después del cierre de los comicios, está prohibido publicar resultados de encuestas, proyecciones o sondeos de opinión, pronósticos electorales, o referirse a sus datos, entre otras actividades.


Qué actividades están prohibidas durante la veda electoral

Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, hay ciertas actividades que están prohibidas para los candidatos y para los votantes durante la veda: Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes anterior a la votación.


Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.


Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.


La venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 del sábado hasta las 21 del domingo.


Los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.


La apertura de organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar en el que se instalen las mesas de votación.


Desde el sábado y hasta las 21 del domingo está prohibido portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias.


¿Hay multas por incumplir la veda?

El incumplimiento de la veda puede llevar a sanciones que varían según la falta. Pueden ir desde multas económicas hasta penas de prisión. Por ejemplo, a quien venda bebidas alcohólicas durante el período de prohibición le corresponde una pena de prisión de entre quince días y seis meses.


En el caso de los partidos políticos, será el Tribunal Electoral quién determine si incumplieron o no la veda y la sanción correspondiente.