Sábado 29 de mayo de 2021
Se celebra cada 30 de mayo y es en conmemoración del nacimiento del hijo de la primera paciente que dio a luz después de haber recibido un trasplante en un hospital público.
Este año, y debido a la pandemia, no habrá actividades presenciales para promover la donación de órganos, pero si se hará a traves de las distintas redes sociales institucionales.
Se compartirán mensajes destinados a distintos actores que participan directa o indirectamente en el proceso de donación y trasplante con la frase Podés dar algo para cambiarlo todo.
Cabe destacar que la concreción del trasplante es posible gracias a la participación de la sociedad representada en el acto de donar, a la intervención de los profesionales de la salud de los establecimientos hospitalarios de todo el país y al trabajo de los organismos provinciales de procuración pertenecientes al sistema sanitario argentino.
Cómo manifestar la voluntad
Se puede registrar la voluntad respecto a la donación de órganos a través de los siguientes canales:
*Registrándose en el sitio web Mi Argentina.
*En los Registros Civiles en el momento de tramitar el DNI
*Enviando un telegrama gratuito a través del Correo Argentino
*Firmando un acta de expresión de voluntad en el INCUCAI o en los Organismos Provinciales.
Ley de transplante de órganos, tejidos, y células
Se publicó hoy en el Boletín Oficial la reglamentación de la ley 27447 conocida como “Ley Justina”. La norma tiene por objeto la regulación de las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano (incluyendo la investigación, promoción, donación, extracción, preparación, distribución, el trasplante y su seguimiento).
La norma tiene por objeto la regulación de las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano (incluyendo la investigación, promoción, donación, extracción, preparación, distribución, el trasplante y su seguimiento).
Entre los puntos destacados, se encuentran la enumeración de prácticas médicas (tales como trasplante de corazón, hígado, páncreas, pulmones, etc.), no siendo estas taxativas, ya que el INCUCAI podrá solicitar a la Secretaría de Salud dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social su incorporación a la lista con la condición de encontrarse demostrada su seguridad y eficacia en seres humanos.
Asimismo, se estableció una lista de órganos vitales que podrán obtenerse de personas vivas, siendo esta la condición habilitante para poder realizar el trasplante: riñón, uréter, piel, elementos del sistema osteoarticular, córnea (en caso de enucleación del tumor y otra causa, estando la córnea en condiciones de ser injertada a otra persona), células progenitoras hematopoyéticas, pulmón, hígado, y válvulas cardíacas de explante de corazón a receptores de trasplante cardíaco.