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Economía

Monday 1 de October de 2018

​Factura electrónica

Desde hoy se suma otra categoría del Monotributo a este tipo de facturación. Es para la categoría “E”, con ingresos anuales por entre $ 322.575 y $ 430.101.

Desde hoy, los monotributistas de la categoría "E", con ingresos anuales entre $ 322.575 y $ 430.101, deberán emitir factura electrónica, según dispuso la AFIP.


La factura en papel quedará reservada como mecanismo de resguardo para los casos en que, por fallas técnicas, no se pueda utilizar la versión online.


Para las operaciones que se hagan con consumidores finales la obligación de emitir la factura electrónica regirá desde el 1 de abril, independientemente de la categoría del monotributista.


La facturación electrónica también alcanza a quienes están exentos del Impuesto al Valor Agregado y a los que emiten sus comprobantes en el domicilio de los clientes, que deberán usar el facturador online.


Por otra parte, los contribuyentes que utilizan los equipamientos denominados "controladores fiscales", que emiten tickets en lugar de facturas, deberán emitir facturas electrónicas para respaldar las operaciones de compraventa de cosas muebles, locaciones o prestaciones de servicios y señas que fijen un precio.


Los comprobantes electrónicos que deberán emitirse de esta forma son facturas, notas de débito o de crédito tipo A, B, C y E.


Con la incorporación de la categoría E a las que ya facturaban electrónicamente (de F a K), el cronograma en el que se irán sumando las demás escalas será:

*D: 1 de diciembre.

*C: 1 de febrero de 2019.

*B: 1 de marzo de 2019.

*A: 1 de abril de 2019