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Politica

Martes 7 de agosto de 2018

Pedido de informe sobre registro electrodependientes

Lo hizo el Bloque de Concejales FpV-PJ ante el oficialismo y refiriendose al ámbito del distrito de 9 de Julio.

Mediante una serie de cuestionamientos, el Bloque de Concejales del FPV-PJ, integrado por Julia Crespo y Alberto Capriroli solicitaron ante el Ejecutivo local en relación al registro de electrodependientes.


La Ordenanza 5911, EXPTE. H.C.D 238/17, sancionada por este Concejo Deliberante a los 30 días del mes de noviembre de 2017, crea el Registro de Personas con discapacidad Electrodependientes.-


Que ante la interrupción del servicio eléctrico la ley N° 14.988 prevé en su Artículo 8° que “si el servicio eléctrico se viera interrumpido, la empresa deberá otorgarle a cada usuario, al momento de ser categorizado como “electrodependiente”, un grupo electrógeno sin cargo, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer las necesidades del usuario, en virtud de los registros promedios que registre”.


Que a partir de los aumentos aplicados en los servicios públicos y la difusión pública de la lucha de los padres de Joaquín Steffanizi, a través de la Asociación Argentina de Electrodependientes, se hizo visible un sector de la población del que los Estados municipales no tienen registrado en una base de datos.


Que resulta de suma importancia poder determinar cuántas personas revisten la condición de electrodependientes por cuestiones de salud en el partido de 9 de Julio, para tener un monitoreo y control ante los cortes del servicio eléctrico.


La Dirección General de Discapacidad creó el Registro de Personas con Discapacidad Electrodependientes en el ámbito del municipio de 9 de Julio?


Se remitió el listado de personas inscriptas como electrodependientes por cuestiones de salud a las empresas prestatarias del servicio de energía eléctrica del Partido de 9 de Julio,al correspondiente organismo de control de la misma, OCEBA, y a los efectores de salud que fueran necesarios para que tomen conocimiento de las personas registradas, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley N° 14.988?


Se comunicó y difundió la creación de dicho registro y las condiciones para ser incluido en el mismo en todos los medios de comunicación, página web del Municipio y redes sociales?