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Wednesday 16 de May de 2018

​DEUCO 9 Informa

Nueva resolución del OCEBA dice que las facturas de luz no podrán tener conceptos ajenos al servicio en Provincia.

A través de la resolución 167/18 publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, el Organismo de control de la Energía Eléctrica (OCEBA) se toma del artículo 78 de la Ley Nº 11.769, que dispone que las facturas a usuarios "deben detallar la información necesaria y suficiente que permita constatar al usuario en forma unívoca el valor de las magnitudes físicas consumidas".


En esta medida, rige a partir de este miércoles 16, expresa el comunicado “siempre advertimos a los usuarios Bonaerenses y particularmente de 9 de Julio, que los conceptos ajenos debían facturarse por separado, troquelado o como lo dispusiera la distribuidora. Desde 2003 hasta la fecha insistimos con el reconocimiento del derecho Ley 11.769- artículo 78, haciendo notar que también la ley 24.240 lo prohíbe”.


Asimismo advierte este organismo que “el OCEBA dio de baja todas las autorizaciones brindadas hasta ahora por el organismo. Queda exento el cobro por alumbrado público”.


Finalmente señala DEUCO 9 de Julio, “recibimos varios reclamos de usuarios, denunciando el cobro de conceptos ajenos al servicio sin la correspondiente autorización que primariamente fue trasladada la inquietud a la Defensoría del Pueblo de BA, en el seno del Consejo Asesor de Usuarios y Consumidores que formamos parte y posteriormente se presentó ante la justicia el reclamo pertinente. Tengan por seguro los usuarios, que haremos conjuntamente, un seguimiento estricto del cumplimiento de lo ordenado en la resolución OCEBA resolución 167/18”.


DEUCO 9 de Julio. BA. 16.5.2018.