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Politica

Viernes 1 de diciembre de 2017

Aprobaron Registro de electrodependientes

El proyecto de Ordenanza del bloque del FPV-PJ fue votado anoche por unanimidad. Será para aquellos usuarios nuevejulienses que presenten consumos extraordinarios de energía eléctrica al requerir equipamiento y/o infraestructura especial por una enfermedad diagnosticada. Solo resta la firma del Ejecutivo.

Entre las 28 documentaciones abordadas en la Sesión Ordinaria realizadas anoche en el Concejo Deliberante nuevejuliense puede destacarse el Proyecto de Ordenanza elaborado por los ediles Julia Crespo, Horacio Delgado, Mariana Pianetti, Martin Banchero y Alberto Capriroli del bloque del FPV-PJ que cuya aprobación permitirá crearse el Registro de Personas con Discapacidad Electrodependientes en el ámbito del municipio de 9 de Julio, a cuyo cargo y reglamentación específica estará la Dirección General de Discapacidad.


Dicho Registro deberá actualizarse permanentemente, operando su vencimiento el último día hábil del año calendario. Antes de los treinta (30) días del vencimiento el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, se comunicará con las personas del registro para solicitar que renueven su incorporación.


A su vez, “el Departamento Ejecutivo remitirá, cada vez que el registro se actualice, el listado de personas inscriptas como electrodependientes por cuestiones de salud a las empresas prestatarias del servicio de energía eléctrica del Partido de 9 de Julio,al correspondiente organismo de control de la misma, OCEBA , y a los efectores de salud que fueran necesarios para que tomen conocimiento de las personas registradas, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido por la Ley N° 14.560”.


A su vez y en el artículo 4° esta Ordenanza establece que “el Departamento Ejecutivo, a través del área que corresponda, comunicará y difundirá la creación de dicho registro y las condiciones para ser incluido en el mismo en todos los medios de comunicación, página web del Municipio, redes sociales, etc.


Mientras que el Artículo 5° manifiesta que “las empresas distribuidoras del servicio de energía eléctrica del Partido de 9 de Juliodeberán establecer vías de comunicación directa para los usuarios incluidos en el registro de electrodependientes por cuestiones de salud, sin exigirles que figuren como titulares del servicio”.


Además dice que “las empresas distribuidoras del servicio de energía eléctricadel Partido de 9 de Julio, deberán difundir en su página web, en sus oficinas comerciales, la existencia del registro de electrodependientes por cuestiones de salud proporcionando toda la información necesaria al respecto.

QUE DICE LA LEY

En el Artículo 2° de la Ley N° 14.560 define como “electrodependientes por cuestiones de salud” a aquellos usuarios que presenten consumos extraordinarios de energía eléctrica al requerir equipamiento y/o infraestructura especial por una enfermedad diagnosticada por un médico o que tengan la necesidad de contar con un servicio eléctrico estable y permanente para satisfacer necesidades médicas dentro de su hogar”.

EN EL PLANO LOCAL

A su vez se aclara que “este registro no solo servirá para resolver situaciones de emergencias, sino también permitirá que desde el Estado municipal se desarrollen políticas de inclusión y se garantice el derecho de estos ciudadanos a una vida digna”.


Mientras que subraya que “la Cooperativa Eléctrica y de Servicios Mariano Moreno Ltda., a través de su boletín informativo mensual Conectándonos del mes de Septiembre 2017 ya informó sobre la entrega en comodato a electrodependientes de equipos generadores portátiles de energía solar con autonomía de 5 horas”.


También se advierte que “ante la interrupción del servicio eléctrico la ley N° 14.560 prevé en su Artículo 8° que “si el servicio eléctrico se viera interrumpido, la empresa deberá otorgarle a cada usuario, al momento de ser categorizado como “electrodependiente”, un grupo electrógeno sin cargo, capaz de brindar la energía eléctrica necesaria para satisfacer las necesidades del usuario, en virtud de los registros promedios que registre”.


Finalmente cabe destacar que este avance legislativo se da en el contexto de que “a partir de los aumentos aplicados en los servicios públicos y la difusión pública de la lucha de los padres de Joaquín Steffanizi, a través de la Asociación Argentina de Electrodependientes, se hizo visible un sector de la población del que los Estados municipales no tienen registrado en una base de datos.”