Martes 27 de diciembre de 2016
La Anmat emitió una resolución en la que prohíbe el uso de sustancias antibacteriales en productos de aseo personal, “como jabones líquidos o en barra, espumas y geles".
La Anmat emitió una resolución en la que prohíbe el uso de sustancias antibacteriales en productos de aseo personal, “como jabones líquidos o en barra, espumas, geles y cualquier otro producto de aplicación tanto en manos como en cuerpo, diseñados para usarse con agua y enjuague posterior”.
La disposición 13.832/2016 prohíbe el uso de ocho sustancias en este tipo de productos y limita la concentración máxima autorizada de triclosán, utilizado normalmente en dentífricos, enjuagues bucales, desodorantes, polvos faciales, cremas correctoras y productos para limpieza de uñas.
Dicha medida se basó “en datos científicos que indican que la exposición a largo plazo a ciertos ingredientes activos usados en los productos antibacteriales podría presentar riesgos para la salud, como la generación de resistencia a antimicrobianos y efectos hormonales”.
Además, dichos productos están “dirigidos a individuos generalmente sanos en los cuales el riesgo de infección y el alcance de su propagación es relativamente bajo en comparación con el ámbito de la atención de la salud, en el que los pacientes son generalmente más susceptibles a las infecciones y el potencial de propagación de estas es mayor”.
Se estableció que “no existen estudios que avalen una eficacia superior de estos productos frente a los jabones no antibacteriales en la prevención de enfermedades o en la reducción del riesgo de infecciones cuando son utilizados en el hogar o en lugares públicos”.