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Politica

Miércoles 5 de octubre de 2016

La paridad es ley en Provincia

Se aplicará a partir de las elecciones del año próximo. El Debate tuvo fuertes cruces en el recinto.


Al cabo de un intenso debate de más de dos horas y de una larga negociación entre los legisladores del massismo y de Cambiemos, la Cámara de Diputados bonaerense sancionó ayer la ley que establece la paridad de género en la conformación de las listas electorales para la provincia de Buenos Aires, que deberán estar compuestas en igual proporción de hombres y mujeres.


La norma se sancionó con el voto de todos los bloques mayoritarios de la Cámara.La bancada Justicialismo Bonaerense, que preside Mario Giacobbe se abstuvo, mientras que el monobloque del Frente de Izquierda la rechazó. En soledad, el oficialista Guillermo Castello también votó en contra.


El debate se extendió por espacio de dos horas, con 15 oradores (nueve hombres y seis mujeres) y barras colmadas con militantes de diversos espacios que abuchearon, aplaudieron y, al final, festejaron la sanción de la norma cada uno con su estilo. Las mujeres de Cambiemos arrojaron globos con la cara de la gobernadora María Eugenia Vidal.


LOS ALCANCES

La norma, que había sido aprobada en el Senado semanas atrás luego de un fuerte tironeo entre el massismo y Cambiemos, modifica el artículo 32º de la Ley 5.109 (Ley Electoral) y establece que “toda lista de candidatos a cargos electivos para cuerpos colegiados provinciales y municipales deberá contener porcentajes iguales y equivalentes de candidatos del género masculino y candidatas del género femenino a los cargos a elegir, en todas las categorías”.


La ley dispone que el “50 y 50” en la composición de las listas será aplicable a la totalidad de la nómina, y se deberá cumplir con el mecanismo de “alternancia y secuencialidad” entre sexos por binomios (mujer-hombre u hombre-mujer). Cuando se trate de nóminas u órganos impares la diferencia entre el total de hombres y mujeres no podrá ser superior a uno.


En tanto, también indica que “el género del candidato estará determinado por su DNI, independientemente de su sexo biológico”. Y aclara que en caso de la renuncia, licencia o fallecimiento de un legislador en funciones, para su reemplazo se deberá “respetar” la paridad: es decir, que si quien pide licencia o renuncia es una mujer y quien sigue en la lista para ingresar es un hombre, éste será “salteado” en favor de la próxima mujer de la lista.