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Economía

Jueves 19 de mayo de 2016

Eliminaron el fondo de Santa Cruz

A partir del hoy y tras 27 años de aportes los usuarios dejaremos de pagar el recargo del del 0,6% de más en las facturas de energía. Gran reclamo abordado por años por DEUCO. Ahora resta que saquen las leyes provinciales de la facturación del gas que tanto perjudican a los nuevejulienses.

La decisión fue comunicada con el Decreto 695/2016, que lleva la firma del ministro de Energía, Juan José Aranguren, y del presidente, Mauricio Macri, publicado hoy en el Boletín Oficial. Y llega luego de la quita de subsidios al servicio, que encareció las tarifas hasta 500% en el Área Metropolitana.


Se trata de la Ley 23.681, sancionada en junio de 1989, y que estaba destinada a cubrir los costos de la obra de interconexión de Santa Cruz con el Sistema Argentino de Interconexión (SADI) con los fondos recaudados por ese recargo.


Según los argumentos del decreto, “el 13 de septiembre de 2013 se procedió a la interconexión de la Estación Transformadora Río Gallegos con el SADI, lo que permitió que la Ciudad de Río Gallegos fuese abastecida desde allí”.


En ese sentido, “se comprueba que se ha dado cumplimiento a la condición establecida en el Decreto N 1.378/2001, que supeditó la vigencia del recargo establecido por el Artículo 1 de la Ley N 23.681 hasta la efectiva interconexión de la provincia de Santa Cruz”.


Tras inaugurar en septiembre de 2013 las obras en Río Gallegos, que permitió la interconexión de Santa Cruz a la red eléctrica nacional, la entonces presidenta Cristina Fernández prometió la derogación del recargo, hecho que finalmente no ocurrió.


Ese recargo se cobraba en las boletas de energía eléctrica de todo el país a pesar que desde hace casi tres años Santa Cruz forma parte del Sistema Interconectado.


Así quedó establecido a partir de una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.

"Déjase sin efecto, a partir de las facturaciones que incluyan fechas de lectura de medidores posteriores a la entrada en vigencia del presente decreto, el recargo del 6 por mil establecido por el artículo 1° de la Ley Nº 23.681, por el cumplimiento de las condiciones a las que se sujetó su vigencia", según el primer artículo de la resolución.